ALCOHOLEMIAS

Somos especialistas en procesos de alcoholemias.

Las sanciones que se imponen por conducir bajo los efectos del alcohol pueden ser de 2 tipos:

Sanciones penales: La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas u otras drogas está castigada por el Código Penal por el mero hecho de que la tasa de alcohol en aire espirado supere los 0,60 miligramos por litro (equivalente a 1,2 gramos por litro en sangre), se haya producido o no un accidente. Al tratarse, no lo olvidemos, de un delito castigado por el Código Penal, el conductor se ve sometido a un juicio "de verdad" y debe estar defendido obligatoriamente por un abogado (Sayols Advocats).

En estos casos, el conductor condenado por un Juzgado de lo Penal será castigado a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a la de multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, además, a la de privación del derecho a conducir de 1 hasta 4 años. Este delito puede concurrir con la comisión de otras infracciones si el conductor se ve implicado en un accidente de circulación, tales como lesiones, homicidio involuntario, etc., así como con la responsabilidad civil que, en su caso pueda derivarse.

Sanciones administrativas: Por otro lado, la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas puede ser sancionada como infracción administrativa muy grave por la policía municipal, Mossos d’Esquadra, la Guardia Civil u otras autoridades de tráfico con multa de hasta 601,01 € y con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de 3 a 6 meses.

Ante cualquiera de los dos casos acuda a Sayols Advocats para consultarnos el proceso a seguir.

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